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Valor de la libreta: $ 20.-
Por cada testigo innecesario:$ 15.-
Solicitud de turno
Lugar y horario:
Registro Civil del CGP que corresponda al domicilio de
uno de los contrayentes, acreditado fehacientemente.
Si corresponde CGP Nº 2 Sur, ir a Uruguay 753.
Plazo para realizar el trámite:
¿Con cuantos días de anticipación
debe concurrir?
28 días corridos antes de la celebración
¿Cuando se debe entregar la documentación?
3 días hábiles de antelación a la celebración.
Arancelamiento:
La libreta de matrimonio tiene un valor de $ 20.
Requisitos:
¿Quiénes pueden solicitarlo?
Uno o ambos contrayentes
Documentación
¿Qué documentos se deben presentar?
Solteros y mayores de edad:
Documentos de ambos contrayentes.
Con matrimonio y divorcio vincular en Argentina:
Partida de matrimonio original con la correspondiente
inscripción marginal del divorcio vincular.
Con matrimonio en el extranjero y divorcio
vincular en Argentina:
Partida de matrimonio inscripta en nuestro país
con la correspondiente inscripción del divorcio
vincular o la partida extranjera con la correspondiente
inscripción del divorcio, debidamente legalizada
y traducida.
Con matrimonio celebrado en Argentina y
divorcio en el extranjero:
Partida de matrimonio argentina con la correspondiente
inscripción marginal del divorcio extranjero ordenada
por juez nacional.
Con matrimonio y divorcio en el extranjero:
Autorización mediante disposición concedida
por la Dirección General del Registro Civil, Uruguay
753. Previo turno provisorio en el Registro Civil donde
se celebrará el matrimonio.
Contrayente viudo/a:
Partida de matrimonio anterior y partida de defunción
del cónyuge.
Menores:
Varones de 18 a 20 y mujeres de 16 a 20
años:
Partida de nacimiento del menor
Documentos de los padres, quienes además deberán
otorgar su autorización en el acto de celebración
del matrimonio o por imposibilidad de concurrir, autorización
ante Oficial Público dentro de los 28 días
anteriores a la celebración, dando poder a un tercero
o venia judicial.
Padre o madre fallecido, partida de defunción.
Si ambos padres están fallecidos, tutor.
De edades inferiores a 18 para varones y
16 para mujeres:
DNI.
Testimonio de la dispensa judicial (autorización
del Juez competente)
Padre o madre fallecido, partida de defunción.
Si ambos padres están fallecidos, tutor.
Venia judicial (cuando los progenitores no la otorgan)
Matrimonio a domicilio por imposibilidad
física:
Certificado médico que lo acredite
Cuatro testigos
Documentación que acredite el estado civil
Certificados prenupciales
Matrimonio a domicilio por peligro inminente
de muerte:
Certificado médico que acredite que el/la contrayente
se encuentra en pleno uso de sus facultades mentales y
en peligro inminente de muerte.
Cuatro testigos.
Documentación que acredite el estado civil.
Testigos
Necesarios:
Dos mayores de 21 años, con domicilio en la Ciudad
de Buenos Aires.
Sin cargo.
Innecesarios:
Hasta cuatro adicionales, sin necesidad de acreditar domicilio
en la Ciudad de Buenos Aires.
Se abona $15 por cada uno.
Prenupciales (análisis médicos)
Se realizan dentro de los siete días corridos antes
de la fecha de celebración en un hospital del G.C.B.A.
De hacerse en otra jurisdicción, deberán ser
legalizados por la autoridad sanitaria del lugar.
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